miércoles, 30 de julio de 2008

¿qué es crédito sindicado?

El crédito sindicado es una especie de préstamo/crédito derivado del acuerdo entre dos o más entidades financieras para conceder conjuntamente a un deudor un préstamo utilizando las reglas normales de la deuda. Ello implica la dispersión del riesgo entre el grupo de bancos participantes.
Se trata de operaciones a medio o largo plazo, entre cinco y siete años, lo normal es que no excedan de diez.
El crédito sindicado es, por lo general, una operación indiciada, es decir, con tipos de interés variable (tipo base + prima). Esto es lógico ya que si los bancos en el medio y largo plazo operan con tipos variables, no van a dar financiación a tipos fijos.
La flexibilidad en el uso de los préstamos se incrementa si éstos se enmarcan en un programa multiopción o MOF (multi option facility), cuya presencia también es antigua. La idea de este programa es garantizar un cierto volumen de fondos a medio y largo plazo al prestatario, para dejar a éste la libertad para instrumentar dichos fondos entre varias alternativas, aprovechando así en cada momento la diferente situación de los distintos segmentos de mercado. El préstamo actúa, entonces, como último respaldo de un programa.

Una empresa tiene dos maneras de pedir un préstamo:
- Puede comunicar su deseo al mercado y recibir ofertas de distintos grupos interesados. La empresa aceptará la oferta más competitiva.
- La empresa puede dirigirse a un solo banco y plantearle la operación. El banco será quien se encargue de buscar al resto de entidades. Es la opción más usada.
El Banco que se encarga de la organización del crédito sindicado es el banco agente (puede haber más de uno) y es quien establece las relaciones entre el prestatario y los demás bancos prestamistas.
Podemos diferenciar:
-Jefes de fila y directores: son los prestamistas que asumen una mayor aportación. En el caso de no cubrir la cuantía total del crédito tienen la obligación de aportarlos directamente, por ello cobran una comisión mayor.
-Participantes: no tienen compromisos especiales y aportan cantidades menores. Los derechos o condiciones (importes, comisiones, etc.) se fijan en contrato individual.

El crédito sindicado se otorga a empresas u organizaciones de gran tamaño y solventes. Las cantidades oscilan entre los diez mil y cien mil millones de pesetas, con plazos de cinco y siete años y, en algunos casos de hasta diez años. El tipo de interés por lo general es variable (eurmibor o preferencial de la media de las entidades participantes) y revisable cada cierto tiempo (3,6 o 12 meses).
Las principales ventajas del crédito sindicado son:
-Es prácticamente la única posibilidad de endeudarse por elevados importes sin tener que recurrir al mercado emitiendo títulos de capital o de deuda.
-Proporciona mejor capacidad de negociación y de flexibilidad en la determinación del tipo de interés que negociando con una sola entidad.
-El banco agente es quien realiza el trabajo administrativo, a rápida velocidad y de forma confidencial.
-Una vez formalizado tiene gran flexibilidad en su uso.
-Fragmentación del riesgo bancario.
Los principales inconvenientes son:
-Riesgo de tipo de cambio cuando se realiza en divisas.
-Riesgo de tipo de interés al endeudarse fuertemente a tipo variable, aunque existe la posibilidad de convertir la financiación a tipo de interés fijo mediante un Swap de tipo de interés.
-Los tipos favorables solo se reservan a grandes empresas con buena solvencia y reputación.

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